En este supuesto deberá solicitarse por parte de la persona consumidora (en el caso de que ya dispongas de la vivienda) o bien, por ejemplo, por la promotora de viviendas de nueva construcción, la correspondiente acometida a la empresa distribuidora de gas natural. Al tratarse de un nuevo punto de suministro, la empresa distribuidora deberá comunicar a la solicitante si necesita un proyecto específico para la acometida, así como el coste, el plazo de su construcción, el plazo para el inicio del suministro y el plazo de validez del presupuesto facilitado, que estará vigente por 6 meses. Los precios por acometida son únicos en toda España y estarán en función del caudal máximo solicitado y de su ubicación. Una vez que se disponga de acometida, habrá que contratar el nuevo suministro de gas natural.