Varilla punto alto para REGO
Varilla de punto alto para medición de nivel máximo de llenado
Los depósitos para GLP deben de tener un indicador del grado máximo de llenado. El R.D.919/2006 indica que debe de marcar el 85 % del volumen del tanque. Este indicador está compuesto de una válvula con un tubo (tubo de punto alto) que llega hasta el 85 % del nivel del líquido. Al abrir la válvula se detecta claramente la salida de gas o de líquido, según haya llegado o no a ese nivel.
El propano líquido, al igual que otros gases licuados, tiene un aumento de volumen con la temperatura que hay que tener en consideración al almacenarlo en un recipiente cerrado (como puede ser un depósito a presión). Por este motivo, en el depósito debe de haber siempre una cámara de fase gas, que permita absorber una posible dilatación del líquido. El gas es fácilmente compresible, pero el líquido es prácticamente incomprensible. Por ello si no hay fase gas, un aumento del volumen del líquido puede originar presiones peligrosas para el depósito, que podrían llegar incluso a romperlo si no existiese una válvula de seguridad.
Para la correcta instalación de la válvula indicadora de llenado máximo, es necesario cortar el tubo de la válvula a la medida adecuada. La medida varía de unas marcas de válvulas a otras, ya que la zona donde se rosca el tubo a la válvulaestá a diferente altura de una válvula a otra.
Como guía, se puede considerar que un aumento en la longitud del tubo de 11 mm supone aproximadamente un 1 % menos de llenado en el tanque (Para depósito de diámetro 1200 mm y en el entorno al 85 %).
Las comprobaciones del grado máximo de llenado, que se quieran hacer sobre un depósito ya instalado tienen que tener en cuenta lo siguiente:
– El conjunto de tolerancias dimensionales del depósito pueden suponer en el volumen una tolerancia del 2 %, por lo que el volumen real puede ser un 2 % más que nominal.
– El instrumento de medida del GLP suele ser el contador del camión de reparto. El contador del camión está verificado, pero puede tener una tolerancia admisible del 0,5 %.